Por el delito de concierto para delinquir agravado JEP acepta a Julio Manzur Abdala.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, decidió aceptar al exsenador Julio Manzur, por el delito de concierto para delinquir agravado.

De Milton Otero

29 agosto, 2020

La JEP consideró que los convenios políticos y reuniones que presuntamente sostuvo Manzur Abdala con dirigentes de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) tenían el propósito de aportar a la consolidación del proyecto político e ideológico de esa organización.

Por lo anterior, se declaró la competencia de la JEP para conocer el proceso radicado n.° 27.920. Por otro lado, la Sala realizó un análisis riguroso del compromiso concreto, programado y claro que presentó Manzur Abdala, para concluir que acepta su sometimiento a la JEP.

La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la Jurisdicción Especial para la Paz, decidió aceptar al exsenador Julio Manzur, por el delito de concierto para delinquir agravado.

El tribunal de paz consideró que ese proceso guarda relación con el conflicto armado, basada en la resolución de acusación proferida por la Corte Suprema, en la cual se estableció que probablemente el excongresista Manzur Abdala asistió a reuniones presididas por Salvatore Mancuso y Carlos Castaño Gil, situación que puso en evidencia el vínculo de amistad existente entre aquellos, pero además celebró convenios políticos con miembros de grupos paramilitares para sus pretensiones políticas.

Córdoba
Jurídico
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